Si compras el mismo valor varias veces —una aportación periódica, comprar más cuando baja, lo que sea— y luego vendes solo una parte, dos reglas deciden cuánto pagas o si puedes compensar una pérdida. Ninguna de las dos es opcional, y las dos se calculan mal casi siempre porque hace falta ver el historial completo de compras, no solo la venta.
Vamos con un ejemplo numérico de principio a fin, con las dos reglas metidas en el mismo caso, que es como aparecen en la vida real.
Regla 1: FIFO — no eliges qué participaciones vendes
Cuando vendes parte de una posición comprada en varios momentos, Hacienda considera vendidas primero las participaciones más antiguas. Es obligatorio: no puedes elegir el lote que más te convenga para pagar menos (art. 37.2 LIRPF).
Esto importa porque el precio de compra no es uno solo, es un historial. Si compraste caro al principio y barato después, vender “lo último” primero (como haría cualquier hoja de cálculo mal montada) da un resultado fiscal distinto —y normalmente peor para ti— que el FIFO real.
Regla 2: la pérdida no siempre cuenta ya
Si vendes con pérdidas y recompras el mismo valor cotizado dentro de los 2 meses anteriores o posteriores a la venta, esa pérdida no la puedes computar todavía (art. 33.5 LIRPF). Son 2 meses para valores cotizados, 1 año para no cotizados.
La pérdida no desaparece: queda aplazada y se integra cuando vendas definitivamente esas participaciones recompradas, sin que se vuelva a activar la regla. Pero es facilísimo activarla sin querer: vendes con pérdidas para hacer caja, y una aportación automática que ya tenías programada recompra el mismo fondo tres semanas después. Salta igual, aunque no fuera tu intención “recomprar”.
El caso completo, con números
Compraste el mismo valor cotizado tres veces:
| Fecha | Operación | Cantidad | Precio | Coste |
|---|---|---|---|---|
| 15 ene 2024 | Compra | 100 | 40 € | 4.000 € |
| 10 jul 2024 | Compra | 50 | 55 € | 2.750 € |
| 5 mar 2025 | Compra | 80 | 30 € | 2.400 € |
El 20 de abril de 2025 vendes 120 participaciones a 35 €.
Paso 1 — FIFO decide qué se vende. De las 120 vendidas, las primeras 100 salen del lote de enero de 2024 y las 20 restantes del de julio de 2024. El lote de marzo de 2025 no se toca, aunque sea el más reciente y el de peor precio.
Paso 2 — se calcula la ganancia o pérdida de cada lote vendido:
| Lote vendido | Cantidad | Coste | Venta (a 35 €) | Resultado |
|---|---|---|---|---|
| Ene 2024 | 100 | 4.000 € | 3.500 € | −500 € |
| Jul 2024 | 20 | 1.100 € | 700 € | −400 € |
| Total | 120 | 5.100 € | 4.200 € | −900 € |
Hasta aquí, una pérdida de 900 € que en principio compensa ganancias del ejercicio.
Paso 3 — entra la regla de los 2 meses. El 10 de mayo de 2025 —veinte días después de la venta, dentro de la ventana de 2 meses— una aportación periódica que tenías programada recompra 60 participaciones del mismo valor a 33 €. No hace falta que sea intencionado: la norma no distingue entre “recompré a propósito” y “me tocaba aportar ese mes”.
Resultado: los 900 € de pérdida no se computan en 2025. Quedan aplazados hasta que vendas definitivamente esas 60 participaciones recompradas sin que se repita el patrón.
Por qué esto se calcula mal casi siempre
No es un cálculo difícil operación por operación. Es que hacen falta dos cosas a la vez que ninguna hoja de cálculo suelta ni la mayoría de brókers dan de serie:
- El historial completo de compras del valor, no solo las del bróker donde vendiste. Si compraste el mismo ETF en dos brókers distintos, el FIFO es uno solo y cruza ambos.
- Una alerta de recompra en los 2 meses siguientes a cualquier venta con pérdidas, incluyendo aportaciones automáticas que se te pueden olvidar que existen.
Sin eso, lo normal es declarar una pérdida que en realidad estaba aplazada —y que Hacienda puede revisar— o no darte cuenta de que sí puedes computar una pérdida antigua que ya cumplió los 2 meses.
Una vez que la pérdida sí es computable, todavía queda un límite más: se compensa primero con ganancias patrimoniales del ejercicio, y si sobra, con rendimientos del capital mobiliario hasta el 25 % de esos rendimientos; lo que quede se arrastra a los 4 ejercicios siguientes (art. 49 LIRPF).
Dónde encaja Bolsarex
Nuestra app está hecha para esto: registras cada operación una vez —compra, venta, aportación periódica— y el cálculo sale solo: FIFO por valor cruzando brókers, y un aviso cuando una recompra cae dentro de la ventana de 2 meses de una venta con pérdidas, antes de que te enteres tarde. Sin conectar tus cuentas bancarias: las operaciones las metes tú o las importas, y tus credenciales no salen de tu banco.
Si tienes la cartera repartida entre brókers y quieres verla consolidada además de esto, tenemos una guía completa sobre eso.
Este artículo es información general y no constituye asesoramiento fiscal. Los datos normativos citados están revisados a julio de 2026; ante una duda sobre tu caso concreto, consulta con un asesor.